HUELGAS.
Vaciamiento del hospital. Deben tener en cuenta que, cuando toman estas medidas de fuerza, están bloqueando las labores de servicios sanitarios como la atención en consultorios externos, servicios de odontología, rehabilitación, laboratorio, Rx, farmacia, intervenciones quirúrgicas programadas, mamografía endoscopías, etc.
En contra de los pacientes. Este bloqueo de las labores debería dirigirse hacia las autoridades gubernamentales, a quienes están presentando sus reclamos y no contra los enfermos y pacientes. Además, ¡¡¡Que fácil que es implementar una medida de fuerza!!!, quedándose en sus hogares (más del 90% lo viven así) cuando los perjuicios lo deben soportar los pacientes a quienes obligan a poner el cuerpo, dejándolos sin asistencia sanitaria , porque los trabajadores están a salvo teniendo la obra social SEROS. Con el agravante que sus usuarios no tienen nada que ver con este reclamo.
El derecho a la vida. Afirman que la huelga es un derecho que los asiste, se debe meditar sobre este aspecto porque la interrupción de los servicios sanitarios esenciales afecta a otro de los derechos fundamentales como es el derecho a la salud, íntimamente relacionado con el derecho a la vida y es obvio que LA DIMENSIÓN DE PESO DEL DERECHO A LA SALUD RESULTA MUCHO MAYOR QUE LA DEL DERECHO DE HUELGA.
Medidas crueles. Los dirigentes sindicales deben tener en cuenta, antes de decidir estas medidas tan crueles, que el Comité de Libertad Sindical, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se ha manifestado categóricamente respecto al derecho de huelga: “debe ser objeto de restricciones en los servicios esenciales;, cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o en parte de la población”.
Rango Constitucional. En este punto se debe recordar que aún tiene más valor que cualquier otra norma, porque el Estado argentino le ha otorgado rango constitucional a los Convenios establecidos por la OIT, al incorporalos en la C.N. de 1994.
Todo vale. Sin embargo, nada parece detener o paliar la medida de fuerza adoptada por los huelguistas, embarcados en una acción que no sólo es inhumana e injusta sino francamente inconstitucional.
Afirmaciones falsas. Por otro lado, si los dirigentes sindicales pretenden justificar que los paros no afectan a los pacientes, aduciendo que son atendidos en las guardias Esta es una falsedad porque ocultan la enorme importancia que tiene el funcionamiento del resto de los servicios que se brindan en los hospitales públicos como soporte de la salud de la población, en especial de los usuarios más vulnerables como son los niños, ancianos y embarazadas.
Mientras esperan para ser atendidos pueden morir. También afirman que la pérdida de turnos no provoca perjuicios, es cierto que se reprograman, pero los plazos de espera para la atención de ciertos especialistas, estudios, intervenciones quirúrgicas, etc. en periodos normales es hasta de varios meses y es razonable suponer que se agravarán estas falencias y muchos pacientes morirán antes de ser atendidos.
¿Qué hacer? .¿Qué podrían hacer los trabajadores cuando sus derechos fueran violados? Se deberían adoptar medidas reivindicativas, con imaginación y creatividad, que no perjudiquen, ni vulneren derechos o intereses de las personas que se encuentran en condiciones precarias y de enfermedad y que, por ello, requieren la ayuda solidaria del prójimo. De esta forma, pueden obtener la compresión y el respaldo de la población.
Un despropósito. En una sociedad, como la nuestra que se precia de ser humana y solidaria, una huelga que lesiona a enfermos y personas que necesitan medicinas, un diagnóstico, un examen médico, o una operación, es simple y sencillamente un despropósito.
Dr. Fernando Urbano. Médico especialista universitario en medicina sanitaria. Presidente de la Fundación FUSSO.
Paros sin plazos de finalización. Los paros y retención de servicios en el ámbito de salud pública de Chubut llevan varios meses en forma discontinua, y recientemente algunos dirigentes sindicales han expresado que puede continuar en forma indeterminada.
Vaciamiento del hospital. Deben tener en cuenta que, cuando toman estas medidas de fuerza, están bloqueando las labores de servicios sanitarios como la atención en consultorios externos, servicios de odontología, rehabilitación, laboratorio, Rx, farmacia, intervenciones quirúrgicas programadas, mamografía endoscopías, etc.
En contra de los pacientes. Este bloqueo de las labores debería dirigirse hacia las autoridades gubernamentales, a quienes están presentando sus reclamos y no contra los enfermos y pacientes. Además, ¡¡¡Que fácil que es implementar una medida de fuerza!!!, quedándose en sus hogares (más del 90% lo viven así) cuando los perjuicios lo deben soportar los pacientes a quienes obligan a poner el cuerpo, dejándolos sin asistencia sanitaria , porque los trabajadores están a salvo teniendo la obra social SEROS. Con el agravante que sus usuarios no tienen nada que ver con este reclamo.
El derecho a la vida. Afirman que la huelga es un derecho que los asiste, se debe meditar sobre este aspecto porque la interrupción de los servicios sanitarios esenciales afecta a otro de los derechos fundamentales como es el derecho a la salud, íntimamente relacionado con el derecho a la vida y es obvio que LA DIMENSIÓN DE PESO DEL DERECHO A LA SALUD RESULTA MUCHO MAYOR QUE LA DEL DERECHO DE HUELGA.
Medidas crueles. Los dirigentes sindicales deben tener en cuenta, antes de decidir estas medidas tan crueles, que el Comité de Libertad Sindical, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se ha manifestado categóricamente respecto al derecho de huelga: “debe ser objeto de restricciones en los servicios esenciales;, cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o en parte de la población”.
Rango Constitucional. En este punto se debe recordar que aún tiene más valor que cualquier otra norma, porque el Estado argentino le ha otorgado rango constitucional a los Convenios establecidos por la OIT, al incorporalos en la C.N. de 1994.
Todo vale. Sin embargo, nada parece detener o paliar la medida de fuerza adoptada por los huelguistas, embarcados en una acción que no sólo es inhumana e injusta sino francamente inconstitucional.
Afirmaciones falsas. Por otro lado, si los dirigentes sindicales pretenden justificar que los paros no afectan a los pacientes, aduciendo que son atendidos en las guardias Esta es una falsedad porque ocultan la enorme importancia que tiene el funcionamiento del resto de los servicios que se brindan en los hospitales públicos como soporte de la salud de la población, en especial de los usuarios más vulnerables como son los niños, ancianos y embarazadas.
Mientras esperan para ser atendidos pueden morir. También afirman que la pérdida de turnos no provoca perjuicios, es cierto que se reprograman, pero los plazos de espera para la atención de ciertos especialistas, estudios, intervenciones quirúrgicas, etc. en periodos normales es hasta de varios meses y es razonable suponer que se agravarán estas falencias y muchos pacientes morirán antes de ser atendidos.
¿Qué hacer? .¿Qué podrían hacer los trabajadores cuando sus derechos fueran violados? Se deberían adoptar medidas reivindicativas, con imaginación y creatividad, que no perjudiquen, ni vulneren derechos o intereses de las personas que se encuentran en condiciones precarias y de enfermedad y que, por ello, requieren la ayuda solidaria del prójimo. De esta forma, pueden obtener la compresión y el respaldo de la población.
Un despropósito. En una sociedad, como la nuestra que se precia de ser humana y solidaria, una huelga que lesiona a enfermos y personas que necesitan medicinas, un diagnóstico, un examen médico, o una operación, es simple y sencillamente un despropósito.
Comentarios
Publicar un comentario